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Información sobre los Fondos de Garantía de Depósitos en Entidades de Crédito

INFORMACIÓN A LOS DEPOSITANTES E INVERSORES SOBRE LOS FONDOS DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS DE LAS ENTIDADES DE CRÉDITO

En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 628/2010, de 14 de mayo, que modifica el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, se pone a disposición del público la siguiente información:


1.- CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD está adscrita al Fondo de Garantía de Depósitos denominado “FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS EN CAJAS DE AHORRO”, con sede en la calle José Ortega y Gasset nº 22,  5ª planta, 28006 - Madrid. Teléfono número 914316645. Dirección de Internet: www.fgd.es. E-mail: fogade@fgd.es.


El FONDO GARANTIZA hasta el importe máximo de 100.000.- euros por titular, los depósitos dinerarios constituidos en CAJA ESPAÑA en cuentas corrientes, cuentas de ahorro y cuentas a plazo. Asimismo, el Fondo garantiza, hasta el importe máximo de 100.000.- euros por titular los depósitos de valores negociables e instrumentos financieros constituidos en CAJA ESPAÑA; todo ello con independencia del número de depósitos que cada titular mantenga.

El fondo no garantiza:
  1. Los depósitos dinerarios ni de valores e instrumentos financieros de los que sean titulares:
    • Otras entidades de crédito por cuenta propia.
    • Sociedades y agencias de valores.
    • Entidades aseguradoras.
    • Sociedades de inversión mobiliaria.
    • Sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, gestoras de fondos de pensiones, de fondos de titulización de capital-riesgo y los depósitos de las entidades que gestionan.
    • Sociedades gestoras de carteras.
    • Sociedades de capital-riesgo y sus correspondientes sociedades gestoras.
    • Entidades cuya actividad principal sea la tenencia de acciones o participaciones.
    • Entidades, cualquiera que sea su denominación o estatuto que ejerzan las actividades típicas de las anteriores.
    • Cualquier entidad financiera sometida a supervisión prudencial.
  2. Los valores representativos de deuda emitidos por la entidad de crédito, incluso los pagarés y efectos negociables.
  3. Los certificados de depósito al portador, las cesiones temporales de activos y las financiaciones con cláusula de subordinación.
  4. Los depósitos constituidos en la entidad por las Administraciones Públicas.

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Lunes, 6 de febrero.